La gestión económica del proceso por parte de la Procura
La gestión económica del proceso es una obligación legal propia del procurador (art. 26.2.7 LEC), que no responde a una lógica estrictamente contractual, sino que se proyecta como una manifestación sutil de la primera de las funciones públicas de la Procura, esto es, la realización de las...
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