Curso ya finalizado. La inscripción permite el acceso a la grabación y documentación asociada.
19,00€ IVA incluido.
Curso ya finalizado. La inscripción permite el acceso a la grabación y documentación asociada.
La gestión económica del proceso es una obligación legal propia del procurador (art. 26.2.7 LEC), que no responde a una lógica estrictamente contractual, sino que se proyecta como una manifestación sutil de la primera de las funciones públicas de la Procura, esto es, la realización de las actuaciones necesarias para la correcta marcha del proceso, en los términos del art. 26.2.1.º in fine LEC. En este sentido, el procurador garantiza que el procedimiento avance sin interrupciones derivadas de cuestiones económicas.
¡Te invitamos a participar! En el siguiente correo soporte@centrodeestudios.cgpe.es podréis formular preguntas o proponer cuestiones concretas para que sean incorporadas, en la medida de lo posible, al desarrollo de la ponencia, con el objetivo de orientar el análisis hacia las problemáticas reales de la práctica profesional y favorecer un debate técnico estructurado.
Modalidad online Webinar: requiere conexión a internet y navegador compatible.
Fechas: 22 de enero de 2026.
Horario: 16:30 a 18:00 (hora peninsular)
Duración: 90 minutos
Se tendrá acceso a la plataforma sin límite de tiempo para volver a visualizar los webinars y descargar de información.
La sesión se desarrollará en formato interactivo, mediante el uso de la plataforma Mentimeter, lo que permitirá sondear a los participantes en tiempo real a medida que avance la exposición teórico-práctica de las cuestiones más controvertidas en materia de gestión económica.
En el siguiente correo soporte@centrodeestudios.cgpe.es podréis formular preguntas o proponer cuestiones concretas para que sean incorporadas, en la medida de lo posible, al desarrollo de la ponencia, con el objetivo de orientar el análisis hacia las problemáticas reales de la práctica profesional y favorecer un debate técnico estructurado.
La gestión económica del proceso es una obligación legal propia del procurador (art. 26.2.7 LEC), que no responde a una lógica estrictamente contractual, sino que se proyecta como una manifestación sutil de la primera de las funciones públicas de la Procura, esto es, la realización de las actuaciones necesarias para la correcta marcha del proceso, en los términos del art. 26.2.1.º in fine LEC. En este sentido, el procurador garantiza que el procedimiento avance sin interrupciones derivadas de cuestiones económicas.
BLOQUE I – La gestión económica del proceso por parte del procurador
Se analizarán las cuestiones nucleares de la gestión económica del proceso desde una perspectiva básica y jurisprudencial, centrándose en las actuaciones esenciales —tasas, depósitos, consignaciones y mandamientos— y en la asunción de un riesgo económico directo por parte del procurador, cuyo incumplimiento puede incidir de forma inmediata en la efectividad del derecho de acceso a la justicia.
BLOQUE II – La gestión económica de la Procura en sentido propio
Se examinarán los instrumentos clave de protección y equilibrio económico de la Procura: presupuesto previo, provisión y habilitación de fondos (art. 29 LEC) y jura de cuentas (art. 34 LEC), así como su operatividad práctica y límites, incorporando una referencia final a los MASC más adecuados a la realidad profesional del procurador.
Procuradores, oficiales o empleados de despacho. Alumnos de grado en derecho o máster.

Procurador. Vocal Comisión de Formación y Universidades. Vocal Comisión de Mediación.
Unirse mediante aplicación Windows o Mac:
Unirse desde el navegador:
Unirse desde móvil o tablet:
Nota importante: asegúrese que conecta directamente a Zoom desde su dispositivo/ordenador. El conectar a Zoom de forma remota desde otro equipo (por ejemplo conectarse al despacho desde casa) puede ocasionar problemas de audio (consulte con su técnico).