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Videoteca – Para una ejecución eficiente, un/a procurador/a agente de ejecución

99,00 IVA incluido.

Descripción

VIDEOTECA FORMATIVA (sin Webinars en directo)

La ejecución forzosa representa uno de los termómetros más significativos para medir la eficacia de la Administración de Justicia de un país, pues de nada le sirve al litigante obtener una sentencia favorable si fallan los mecanismos para obtener su cumplimiento. Ha llegado la hora pues de afrontar la problemática con soluciones valientes y mirando al entorno de nuestros sistemas procesales vecinos, para lo cual los procuradores de los tribunales llevamos cerca de 20 años reclamando que se nos permita asumir una colaboración más intensa en la ejecución de las sentencias judiciales.

Modalidad online Webinar: requiere conexión a internet y navegador compatible.

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Fecha: tiempo ilimitado desde la inscripción.

Duración: 10 horas

Se tendrá acceso a la plataforma sin límite de tiempo para volver a visualizar los webinars y descargar de información.

PLAZAS LIMITADAS

Objetivos

  • Conocer las características y singularidades del proceso de ejecución español y de los países de nuestro entorno.
  • Debatir sobre las diferentes problemáticas (deficiencias funcionales y carencias normativas) que presenta el proceso de ejecución español.
  • Profundizar en las reformas necesarias para agilizar y hacer más eficaz el proceso de ejecución.
  • Analizar las dificultades que se pueden presentar para convertir al procurador en un agente de ejecución.
Descripción

La ejecución forzosa representa uno de los termómetros más significativos para medir la eficacia de la Administración de Justicia de un país, pues de nada le sirve al litigante obtener una sentencia favorable si fallan los mecanismos para obtener su cumplimiento; en términos económicos, resultará una inversión claramente ruinosa en dinero y en tiempo. En este sentido, y aunque la LEC del año 2000 ha dado un paso importante en aras de la efectividad de la ejecución forzosa, todavía el proceso de ejecución sigue siendo la cenicienta de nuestro sistema procesal por cuanto las estadísticas demuestran que esta tarea se realiza de manera ineficiente, recuperándose, por ejemplo y en términos económicos, tan sólo una cuerta parte del importe pendiente de cobrar. Es así que la fotuna congelada en los juzgados es un dinero que no circula y que no tributa (“Por cada millón de euros que se pudiera recuperar, se facturarían 687.248 euros más, el PIB se incrementaría en casi 350.000 euros, se generarían 133.006 euros más de rentas fiscales y se contribuiría a generar cinco puestos de trabajo a jornada completa”), lo cual repercute negativamente en nuestra sociedad y debilita la confianza en el sistema de Justicia. Pero, si importante es para el Estado disponer de un buen sistema de ejecución civil, qué decir de la ejecución penal, cuya complejidad no le va a la zaga (en particular, porque la sentencia penal puede conllevar, además de una condena penal, otra civil), a la vez que presenta gran cantidad de puntos oscuros y de cuestiones confusamente resueltas o por resolver; y donde el derecho de defensa, la resocialización del condenado y la reparación de la víctima exigen una ejecución eficaz y transparente, donde colaboradores externos pueden desarrollar una labor provechosa para el sistema, en particular en lo relativo a la ejecución de las penas no privativas de libertad.

 

Ha llegado la hora pues de afrontar la problemática con soluciones valientes y mirando al entorno de nuestros sistemas procesales vecinos, para lo cual los procuradores de los tribunales llevamos cerca de 20 años reclamando que se nos permita asumir una colaboración más intensa en la ejecución de las sentencias judiciales. España es el único país de la Unión Europea en que los jueces son los responsables del proceso de ejecución, sin embargo los procuradores nos encontramos, por conocimientos, formación y capacidad, preparados para convertirnos en agentes de ejecución al estilo de los “hussiers” de justicia franceses o de los agentes de ejecución portugueses. La combinación de lo dispuesto en los arts. 117 y 118 de nuestra Constitución permite que la facultad de ejecutar sea compartida con otros operadores jurídicos cuya labor de colaboración haya sido reconocida, como es el caso de la procura (actos de comunicación, en los sistemas de venta forzosa de bienes, etc.).

Dirigido a

Procuradores, oficiales habilitados y empleados de despacho.

En este sentido, resulta indiscutible la importancia histórica que ha tenido la figura del procurador y lo necesario y útil que es para el desarrollo de los procesos, pero también resulta necesario plantear una reconfiguración de la profesión, abandonando alguna de sus funciones clásicas y asumiendo otras que resulten especialmente útiles para que la Justicia actúe con rapidez, eficacia, calidad, con métodos más modernos y procedimientos menos complicados, y también para descargar al sistema judicial de la importante sobrecarga de trabajo que mantiene en la actualidad. Es necesario, en consecuencia, que la legislación procesal nacional desarrolle adecuadamente las competencias de auxilio y colaboración de los Procuradores con la Administración de Justicia previstas ya en la Ley, realizando las actividades materiales propias del proceso de ejecución, con la condición de agentes de la ejecución, dotándonos de una mayor autonomía para la realización de sus trámites, bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia y sometido a control judicial, al servicio de un proceso de ejecución más ágil y con mejores resultados, lo que tendrá que venir acompañado de la exigencia de una mayor formación y responsabilidad a la hora de realizar actos ejecutivos. Y precisamente a ello se dirige este curso organizado por el Centro de Estudios del CGPE, a concienciar y preparar a los profesionales de la procura para la asunción de un mayor protagonismo en el proceso de ejecución español, abriendo nuevos campos para la profesión y garantizando con ello un futuro más despejado y esplendoroso.

 

El tema es de una gran importancia y actualidad, decisivo para la procura, lo que justifica el interés y la oportunidad de un curso de estas características y contenidos, en el que se cuenta con ponentes procedentes del ámbito de la academia que simpatizan con estas nuevas competencias que se reclaman desde la procura, con letrados de la administración de justicia, con agentes de ejecución de otros países y con procuradores españoles que se han destacado en la lucha por atraer mayor protagonismo de la procura en la ejecución.

Metodología

El programa se imparte en modalidad autoformativa (sin webinar en tiempo real) que permite estudiar dónde y cuándo quieras. Se desarrolla totalmente a través de Internet en nuestro Campus Virtual y se tendrá acceso a los vídeos grabados de los webinars ya impartidos por docentes expertos en las diferentes materias.

 

El contenido se estructura en Unidades Formativas donde de una manera clara, sencilla y práctica, se verá con todo detalle la materia de estudio.

 

El curso está pensado para profesionales que deben compatibilizar su seguimiento con su actividad profesional y resto de actividades, por lo que se imparte en siete módulos de 60-90 minutos (7 webinar), a fin de facilitar la formación de modo ágil y cómodo.

 

¿QUÉ ES LA VIDEOTECA FORMATIVA?

Es el acceso a las grabaciones de webinars ya impartidos por expertos. Se dispondrá de acceso sin límite de tiempo para el visualizado de los vídeos y materiales adicionales. Crea tu propia videoteca formativa.

Durante el acceso se deberá realizar una evaluación final de conocimientos que servirá para tener acceso al certificado de aprovechamiento del curso.

Equipo docente

Manuel Jesús Cachón Cadenas

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Autónoma de Barcelona.
Director de la revista procesal “Justicia”.
Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España.
Premio trayectoria profesional del Consejo General de Procuradores de España en la convocatoria de 2019.

Isaac Carlos Bernabéu Pérez

Letrado de la Administración de Justicia (Juzgado de Primera Instancia -Alicante-).
Doctor en Derecho por la Universidad de Alicante.

Ana Belén Cajoto Berdeal

Letrada de la Administración de Justicia  (Juzgado de Vigilancia Penitenciaria -Lugo-).
Trabajó tres años en Santiago de Compostela en un Juzgado de Instrucción y otros seis en uno de lo Penal.
Desde 2013 colabora con la Escuela de Práctica Jurídica de Santiago de Compostela en el Máster de abogacía en la asignatura de ejecución penal.

Armando A. Oliveira

Agente de ejecución (Vice Presidente do Conselho Geral da Ordem dos Solicitadores e dos Agentes de Execução de Portugal).
Ha desempeñado diversos cargos directivos, en concreto como Presidente del Colegio de Agentes de Ejecución entre 2004/2005 y 2014 /2017.

Javier Sánchez García

Decano del ICP de A Coruña, Vicepresidente del CGPE

Requisitos técnicos

Unirse mediante aplicación Windows o Mac:

  • Windows Windows 10
  • Mac OS X 10.9 (Mavericks) – 10.13 (High Sierra)

Unirse desde el navegador:

  • Mozilla Firefox (últimas dos versiones).
  • Google Chrome (últimas dos versiones).

Unirse desde móvil o tablet:

  • Android 4.4 o superior
  • iOS 10 o superior
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